Torquemada Asesores | Asesoría en Segovia - Fiscal, Contable y Laboral
“Porque estar tranquilo también es una decisión inteligente.”

“No solo asesoramos, te acompañamos.”
Ofrecemos los siguientes

Servicios

ASESORÍA CONTABLE / FISCAL

Nos encargamos de tu contabilidad y obligaciones fiscales con rigor y puntualidad, para que puedas centrarte en hacer crecer tu negocio con total tranquilidad:

  • Contabilidad completa: Contabilidad integral y registro de todas las operaciones económicas.
  • Análisis y elaboración de estados financieros: Cuentas de resultados y balances de situación.
  • Presentación de libros contables y cuentas anuales.
  • Declaraciones de impuestos: Declaraciones trimestrales y anuales de IVA, IRPF, Sociedades, y cualquier otro impuesto que tu empresa deba presentar.
  • Planificación fiscal y asesoramiento tributario.
  • Tramitación de devoluciones y reclamaciones.

ASESORÍA JURÍDICA

Abogados especialistas en Derecho laboral y Seguridad social; Mercantil y Derecho sucesorio:

  • Derecho laboral y seguridad Social: Despidos, accidentes de trabajo, juicios laborales y de Seguridad social, incapacidades permanentes, inspecciones de trabajo y políticas de gestión (planes de igualdad, retributivo…).
  • Mercantil: Constitución y operación de empresas, cumplimiento normativo, responsabilidad empresarial, contratación comercial, insolvencias y resolución de conflictos.
  • Derecho sucesorio: Herencias y sucesiones.

ASESORÍA LABORAL

Te ayudamos a gestionar todas las obligaciones laborales de tu empresa, cumpliendo la normativa vigente y mejorando la relación con tu equipo. Ofrecemos:

  • Contratación y gestión de empleados: Gestionamos la elaboración y actualización de contratos laborales, ya sea para nuevas altas, prórrogas o modificaciones, garantizando siempre el cumplimiento de la normativa vigente.
  • Altas, bajas y variaciones en la Seguridad Social.
  • Cálculo y gestión de nóminas.
  • Asesoramiento en derechos laborales y normativas vigentes: Te informamos de los cambios en la normativa laboral para que tu empresa esté siempre al día y cumpla con sus obligaciones legales.
  • Gestión de despidos y finiquitos.
Conoce a nuestro

EQUIPO DE PROFESIONALES

Factura electrónica: fechas límite

Las sociedades (SL, SA, etc.) deberán usar software certificado desde el 1 de enero de 2026. Personas físicas y sociedades civiles tendrán de plazo hasta el 1 de julio de 2026. El calendario es oficial y obligatorio.

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Conoce la actualidad con las

NOTICIAS

🧾 Tu despacho te informa (Octubre 2025)

02 Calendario octubre y noviembre 2025

03 La digitalización fiscal obligatoria llegaen 2026 (VeriFactu): ¿estáspreparado?

07 ¿Está la empresa obligada a dar unasilla ergonómica al teletrabajador?

10 ¿Cómo vender tu piso con hipotecapendiente sin complicaciones?

14 Convenio de acreedores ¿cómocontabilizar gastos e ingresos porquita?


📌 Ley Crea y Crece: factura electrónica obligatoria

Desde 2025, todas las empresas y autónomos deben usar factura electrónica en operaciones B2B, según la Ley 18/2022.

  • Obligatoria para facturación anual < 8M€
  • Multas por incumplimiento: hasta 10.000€
  • Requiere software certificado


⚠️ Hacienda retrasa un año la entrada en vigor del sistema de facturación Verifactu

Fuentes de Hacienda han precisado que esta ampliación será de un año, lo que implica que en nuevo sistema Verifactu no será obligatorio para profesionales y empresas hasta el 1 de enero de 2027 si tributan en el impuesto de sociedades y el 1 de julio para el resto.



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PREGUNTAS FRECUENTES

Torquemada Asesores desde el 2000

Muchos clientes tienen dudas comunes sobre obligaciones fiscales, trámites y conceptos básicos. Aquí resolvemos las más habituales de forma sencilla:

Depende de tus ingresos, el número de pagadores o si has recibido ayudas. En general, si ganas más de 22.000 € de un solo pagador o 15.000 € de varios, sí debes presentarla.
El autónomo responde con su patrimonio personal, mientras que en una SL la responsabilidad es limitada. La SL tiene más trámites y costes, pero también más ventajas fiscales a partir de ciertos ingresos.
Debe incluir: tus datos y los del cliente, fecha, concepto, base imponible, tipo de IVA aplicado, retención (si corresponde) y el total. Guarda copia y numéralas de forma consecutiva.
Solo los relacionados con tu actividad: material, suministros, teléfono, transporte, alquiler de oficina, etc. Siempre con factura a tu nombre y forma de pago identificable.
Normalmente: modelo 303 (IVA), 130 (IRPF si tributas en estimación directa), y si tienes empleados o local, también el 111 y 115. Se presentan en enero, abril, julio y octubre.
Lo que

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